Derecho de los hombres al permiso de preparación al parto: ¡Preparándose para ser padres!

El derecho de los hombres al permiso de preparación al parto

Introducción

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 37 apartado 3 la existencia de permisos retribuidos para ciertas situaciones, entre ellos, los exámenes prenatales y la preparación al parto. Sin embargo, este permiso está reservado exclusivamente para las mujeres embarazadas, dejando en ocasiones a los hombres trabajadores sin la posibilidad de disfrutar de esta prerrogativa. En este artículo, analizaremos la situación legal y jurisprudencial en relación al derecho de los hombres al permiso de preparación al parto.

El permiso retribuido por exámenes prenatales y preparación al parto

El artículo 37 apartado 3.f) del Estatuto de los Trabajadores contempla el permiso retribuido para asistir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Si bien el texto legal utiliza el término genérico "trabajador", los tribunales han interpretado que este permiso está reservado exclusivamente para las mujeres trabajadoras, y no se extiende a los hombres.

La interpretación de la jurisprudencia

La jurisprudencia ha dictaminado de forma consistente que los padres no tienen derecho al permiso de preparación al parto. Algunas sentencias han argumentado que este permiso está ligado a la Directiva 92/85/CEE, la cual se refiere específicamente a la protección de la trabajadora embarazada. Por lo tanto, se considera que los hombres trabajadores no pueden ser titulares de este permiso.

Permisos retribuidos para padres trabajadores

Aunque los hombres no tienen derecho al permiso de preparación al parto, cabe destacar que existen otros permisos retribuidos relacionados con la adopción, guarda o acogimiento, los cuales pueden ser disfrutados tanto por hombres como por mujeres trabajadoras. Es importante tener en cuenta que estos permisos están regulados por diferentes disposiciones legales y no están directamente relacionados con la preparación al parto.

El Real Decreto-Ley 6/2019 y la protección a las trabajadoras embarazadas

El Real Decreto-Ley 6/2019 establece medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. En este sentido, se establece que las trabajadoras embarazadas tienen derecho al permiso de preparación al parto, reafirmando así la protección hacia la maternidad y el embarazo.

Discriminación y protección hacia la maternidad

La jurisprudencia ha considerado que no existe discriminación hacia los hombres al no concederles el permiso de preparación al parto, ya que la protección se refiere específicamente a la maternidad y al embarazo. Esta interpretación se basa en la idea de que este permiso tiene como finalidad proteger la salud y el bienestar de la mujer en periodo de gestación.

Acuerdo con la empresa o convenio colectivo

Si un padre trabajador desea asistir a la preparación al parto, puede acordarlo con la empresa o verificar si el convenio colectivo al que está sujeto contempla la posibilidad de disfrutar de este permiso. En algunos casos, los convenios colectivos pueden establecer permisos retribuidos para clases de preparación al parto tanto para hombres como para mujeres.

El permiso de preparación al parto: análisis legal y jurisprudencial

El artículo 37 apartado 3.f) del Estatuto de los Trabajadores contempla un permiso retribuido para asistir a exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Aunque el texto legal utiliza el término genérico "trabajador", los tribunales consideran que este permiso está destinado exclusivamente a la mujer trabajadora, y no al hombre.

La Directiva 92/85/CEE también menciona un permiso para las trabajadoras embarazadas, pero no hace referencia expresa a las técnicas de preparación al parto. A pesar de esto, los tribunales han interpretado que este permiso está vinculado a la protección de la mujer trabajadora y que solo la mujer puede ser titular de este permiso.

Existen sentencias judiciales que respaldan esta interpretación y argumentan que el permiso está destinado a proteger a la mujer por su condición de tal. Sin embargo, algunos expertos sugieren que se debería reconsiderar esta doctrina judicial y hacer extensivo el permiso a los padres trabajadores para promover la corresponsabilidad entre ambos progenitores.

El permiso de preparación al parto y su aplicabilidad a hombres y mujeres

El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho de las mujeres trabajadoras embarazadas a ausentarse del trabajo con remuneración para realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Para ello, es necesario avisar al empleador y justificar la necesidad de realizar estas visitas médicas durante la jornada laboral.

En cuanto a los padres trabajadores, también tienen derecho a acudir a las clases de técnicas de preparación al parto, con remuneración. Sin embargo, para faltar al trabajo, debe ser imposible acudir en horario fuera de la jornada laboral. Es necesario avisar con antelación al empleador y justificar la necesidad de las visitas médicas.

No hay un límite de horas establecido para este permiso, el cual se extenderá el tiempo que sea necesario, incluyendo el desplazamiento y la espera.

Permisos de maternidad y paternidad

Desde 2021, los permisos de maternidad y paternidad tienen una duración de 16 semanas con prestaciones del 100%. El padre debe disfrutar de 6 semanas obligatorias a jornada completa e ininterrumpidas después del nacimiento del bebé. Las otras 10 semanas pueden ser disfrutadas de manera acumulada o ininterrumpida durante los siguientes 12 meses.

El permiso paternal puede ampliarse en caso de parto, acogida o adopción múltiple, diversidad funcional o parto prematuro. Además, el padre también puede solicitar el permiso por lactancia o cuidado del lactante.

El anteproyecto de Ley de Familias propone diversas novedades en materia de permisos, como la posibilidad de que el padre pueda anticipar su baja 10 días antes del parto. También se plantea la introducción de permisos para cuidar a un hijo hospitalizado, atender a un hijo enfermo y un permiso de hasta 8 semanas al año.

Además, se propone extender el subsidio por nacimiento a familias adoptivas o de acogida, ampliar el cuidado de menor de edad con cáncer o enfermedad grave y extender la renta de crianza a quienes tengan menores de 3 años a su cargo.

El permiso de paternidad se puede solicitar de forma telemática, por correo postal o presencialmente en la Seguridad Social. Los autónomos están exentos de pagar la cuota durante el permiso. La documentación necesaria incluye la solicitud de prestación por baja y la acreditación de identidad de los padres.

Aunque la jurisprudencia ha respaldado esta interpretación, algunos expertos sugieren que se debería reconsiderar esta doctrina judicial y hacer extensivo el permiso a los padres trabajadores para promover la corresponsabilidad entre ambos progenitores.

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Índice
  1. El derecho de los hombres al permiso de preparación al parto
    1. Introducción
    2. El permiso retribuido por exámenes prenatales y preparación al parto
    3. La interpretación de la jurisprudencia
    4. Permisos retribuidos para padres trabajadores
    5. El Real Decreto-Ley 6/2019 y la protección a las trabajadoras embarazadas
    6. Discriminación y protección hacia la maternidad
    7. Acuerdo con la empresa o convenio colectivo
  2. El permiso de preparación al parto: análisis legal y jurisprudencial
  3. El permiso de preparación al parto y su aplicabilidad a hombres y mujeres
  4. Permisos de maternidad y paternidad

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