El derecho al paro de las empleadas del hogar: Nuevas cuantías en 2023

El derecho a paro de las empleadas del hogar

El Real Decreto-ley 16/2022 busca equiparar las condiciones de trabajo y Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena. Esta norma contribuye a la igualdad de género en el mundo laboral y en la protección de los derechos de las mujeres.

Obligación de cotizar por desempleo

A partir del 1 de octubre de 2022, las personas trabajadoras del hogar estarán obligadas a cotizar por desempleo. Las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El tipo de cotización será del 6,05%, siendo el 5% a cargo de la persona empleadora y el 1,05% a cargo de la persona empleada.

A partir de enero de 2023, la cotización se realizará según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Situación legal de desempleo

La persona trabajadora del hogar estará en situación legal de desempleo cuando el contrato de trabajo se extinga por decisión de la persona empleadora, debiendo constar la voluntad de finalizar la relación laboral y la causa de la extinción. Además de las causas previstas para otros colectivos de trabajadores, la relación laboral del hogar puede extinguirse por disminución de ingresos o aumento de gastos, modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar o pérdida de confianza de la persona empleadora.

Indemnización y preaviso

En caso de extinción, la persona empleadora debe proporcionar una indemnización equivalente a doce días de salario por año de servicio, con un límite de seis mensualidades. Si la prestación de servicios ha durado más de un año, se debe conceder un plazo de preaviso mínimo de veinte días. En otros casos, el preaviso será de siete días.

Durante el preaviso, la persona trabajadora a jornada completa tiene derecho a una licencia de seis horas semanales para buscar nuevo empleo, sin perder su retribución. La persona empleadora puede sustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salarios correspondientes al periodo de preaviso.

El derecho al paro para las empleadas del hogar

En 2022, el Gobierno de España aprobó el derecho a solicitar la prestación por desempleo para las empleadas del hogar. La cotización por desempleo es obligatoria para las trabajadoras a partir del 1 de octubre de 202

Cambian las condiciones para extinguir la causa del contrato y se elimina el despido por desistimiento.

Se establecen preavisos mínimos de 20 días si el contrato es de más de un año y 7 días si es inferior. El salario mínimo para las empleadas del hogar es de 1.000 euros al mes repartido en 14 pagas o 1.166,67 euros en 12 pagas.

Requisitos para acceder a la prestación por desempleo

Las empleadas del hogar tienen derecho al paro si han cotizado a desempleo al menos 360 días. La prestación por desempleo se revaloriza en un 8,5% para 202

La cuantía mínima de la prestación por desempleo es de 560 euros y la máxima varía según la situación familiar.

Los empleadores deben cotizar un porcentaje del 30,8%, mientras que las trabajadoras domésticas deben cotizar un porcentaje del 5,85%.

Convalidación del decreto ley

El Congreso de los Diputados convalidó el decreto ley sobre el derecho al paro de las empleadas del hogar. La norma elimina la figura del desistimiento y equipara las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de trabajadores por cuenta ajena.

Las empleadas del hogar podrán cobrar paro si tienen al menos 360 días cotizados al finalizar su contrato. La cotización para el desempleo y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es obligatoria para empleadores y empleadas del hogar a partir del 1 de octubre de 202

El empleador pagará los tipos de cotización por desempleo y FOGASA aplicables a la base de cotización. El empleador no debe hacer gestiones adicionales, la cotización será liquidada y recaudada por la Seguridad Social.

Es necesario tener un contrato por escrito, detallando las condiciones laborales. Es necesario dar de alta y cotizar por una empleada del hogar, incluso si trabaja en varios hogares. Para terminar la relación laboral, el empleador debe comunicarlo por escrito y justificar el motivo.

La duración de trabajo de 3 meses como empleada del hogar podría ser suficiente para acceder a alguna prestación. Las deducciones de desempleo realizadas en el contrato de empleada del hogar cuentan para el paro.

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Índice
  1. El derecho a paro de las empleadas del hogar
    1. Obligación de cotizar por desempleo
    2. Situación legal de desempleo
    3. Indemnización y preaviso
    4. El derecho al paro para las empleadas del hogar
    5. Requisitos para acceder a la prestación por desempleo
    6. Convalidación del decreto ley

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