Impugnación de un ERTE por fuerza mayor
El Expediente de Regulación de Empleo (ERTE) es una medida de flexibilidad laboral que ha ganado protagonismo debido a la crisis del COVID-19
Sin embargo, en algunos casos, los trabajadores pueden considerar que el ERTE no está justificado y deseen impugnarlo. En este artículo, analizaremos las opciones de impugnación de un ERTE por fuerza mayor, teniendo en cuenta la normativa laboral y las sentencias del Tribunal Supremo.
Normativa laboral y sentencias del Tribunal Supremo
Para impugnar un ERTE por fuerza mayor, es necesario tener en cuenta la normativa laboral vigente y las sentencias del Tribunal Supremo relacionadas con este tema. La existencia de una causa de fuerza mayor en un ERTE debe ser constatada por la autoridad laboral, la cual tiene el deber de verificar si se cumplen los requisitos establecidos por la legislación.
Solicitud y constatación de la causa de fuerza mayor
La empresa debe solicitar el ERTE por fuerza mayor y la autoridad laboral tiene un plazo de cinco días para constatar si efectivamente existe la causa de fuerza mayor. Una vez autorizado el ERTE, la empresa debe comunicar las medidas adoptadas a los trabajadores afectados.
Formas de impugnación de un ERTE
La persona trabajadora tiene dos formas de impugnar un ERTE por fuerza mayor. Si discrepa sobre la existencia de la fuerza mayor en sí, debe impugnar la resolución administrativa de la autoridad laboral. Por otro lado, si no discute la existencia de la fuerza mayor, pero sí la medida empresarial adoptada, debe seguir el procedimiento de conflicto colectivo.
Impugnación de la resolución administrativa
La impugnación de la resolución administrativa se realiza mediante el artículo 151 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Tanto los trabajadores afectados como sus representantes legales tienen legitimidad para impugnar la resolución.
Impugnación de los efectos del ERTE implementado por la empresa
Una vez constatada la fuerza mayor y autorizado el ERTE, la empresa decide las medidas a tomar y la persona trabajadora puede impugnar los efectos del ERTE implementado por la empresa. El procedimiento de impugnación se establece en el artículo 138 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Procedimiento de impugnación
En el caso de impugnar la resolución administrativa, no es necesario presentar una papeleta de conciliación laboral. La demanda debe interponerse en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la empresa. Es importante destacar que, si se discute la preferencia de unos trabajadores sobre otros en el ERTE, todos deben ser demandados.
Recurso en caso de ERTE que supera los umbrales establecidos para el despido colectivo
Si el ERTE supera los umbrales establecidos para el despido colectivo, la sentencia puede ser recurrida. Esta situación se regula en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, que permite la suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Regulación de los ERTEs y opciones de impugnación
El gobierno ha regulado los ERTEs a través de decretos ley, sin embargo, un trabajador puede impugnar un ERTE si considera que no está justificado. La impugnación se realiza a través de la jurisdicción social y puede ser tanto de un ERTE por fuerza mayor como de un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Presentación de la demanda y plazos procesales
La demanda debe presentarse en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación por escrito de la decisión. Es importante tener en cuenta que los plazos procesales están suspendidos durante el Estado de Alarma, por lo que cualquier recurso o demanda judicial no será tramitada ni resuelta. A partir del levantamiento de la suspensión de los plazos procesales, los procedimientos de impugnación de los ERTE tendrán carácter urgente y preferente.
Modalidades de impugnación
La impugnación de la decisión administrativa puede ser conveniente para obtener la exoneración o reducción de los seguros sociales. Además, la empresa también puede optar por iniciar un procedimiento de despido colectivo o suspensión de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La elección de la opción más adecuada dependerá de cada caso y debe ser valorada por la empresa en términos de tiempo y dinero.
Proceso de impugnación individual de la extinción del contrato de trabajo
En caso de extinción contractual, si existe acuerdo entre las partes, este puede impugnarse por la autoridad laboral o los trabajadores. Si no existe acuerdo, se puede reclamar mediante un proceso de impugnación de despidos colectivos. No es necesario agotar las formas de evitación del proceso para presentar la demanda. El proceso tendrá carácter urgente y se requerirá al empresario presentar la documentación y actas del período de consultas. Además, se aplicará una modalidad procesal especial para la impugnación individual de la extinción del contrato de trabajo.
Consecuencias económicas de la desestimación de un ERTE por la administración
En el caso de que la administración desestime un ERTE por coronavirus, esto puede tener consecuencias económicas para la empresa. En caso de desestimación, se pierde la exención o reducción de las cotizaciones a la Seguridad Social. Ante esta situación, la empresa puede impugnar la decisión de la Autoridad Laboral ante la jurisdicción social.
Suspensión de los plazos procesales y tramitación de los procedimientos de impugnación de los ERTE
Es importante tener en cuenta que los plazos procesales están suspendidos por el Estado de Alarma, por lo que cualquier recurso o demanda judicial relacionada con la impugnación de un ERTE no será tramitada ni resuelta. A partir del levantamiento de la suspensión de los plazos procesales, los procedimientos de impugnación de los ERTE tendrán carácter urgente y preferente.
Existen diferentes formas de impugnación, ya sea impugnando la resolución administrativa o los efectos del ERTE implementado por la empresa. Los plazos procesales y las consecuencias económicas deben ser tenidos en cuenta a la hora de decidir si impugnar un ERTE o no. Cada caso es único y debe ser analizado de forma individual, considerando los aspectos legales y las circunstancias específicas de la empresa y los trabajadores afectados.
Si este artículo te ha sido útil, te invitamos a seguir explorando nuestra categoría Laboral, donde encontrarás muchos otros artículos esclarecedores similares a Opciones de impugnación de un ERTE por Fuerza Mayor: Conoce tus derechos y defiende tu empleo. ¡Continúa informándote con nosotros!
-
Impugnación de un ERTE por fuerza mayor
- Normativa laboral y sentencias del Tribunal Supremo
- Solicitud y constatación de la causa de fuerza mayor
- Formas de impugnación de un ERTE
- Impugnación de la resolución administrativa
- Impugnación de los efectos del ERTE implementado por la empresa
- Procedimiento de impugnación
- Recurso en caso de ERTE que supera los umbrales establecidos para el despido colectivo
- Regulación de los ERTEs y opciones de impugnación
- Presentación de la demanda y plazos procesales
- Modalidades de impugnación
- Proceso de impugnación individual de la extinción del contrato de trabajo
- Consecuencias económicas de la desestimación de un ERTE por la administración
- Suspensión de los plazos procesales y tramitación de los procedimientos de impugnación de los ERTE
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.




También te puede interesar...