Introducción
El Gobierno ha aprobado recientemente un Real Decreto que establece una serie de nuevos permisos laborales para el cuidado de familiares e hijos. Estos permisos, que se incluyeron en la Ley de Familias, pero cuya tramitación en el Congreso decayó, buscan facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral sin perjudicar las carreras profesionales de las personas cuidadoras. A continuación, detallaremos cada uno de estos nuevos permisos y las novedades que incluyen.
Permiso retribuido de 5 días al año para cuidado de convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad
Uno de los nuevos permisos laborales establece un derecho a cinco días retribuidos al año para casos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o convivientes. Este permiso busca brindar apoyo y flexibilidad a las personas trabajadoras en situaciones de urgencia o emergencia familiar.
Permiso parental de 8 semanas hasta que el menor tenga 8 años, no retribuido
Otro de los permisos introducidos es el permiso parental, el cual permite a los padres y madres ausentarse del trabajo durante un período de hasta ocho semanas hasta que su hijo cumpla ocho años. A diferencia de otros permisos, este no será retribuido, pero brinda la posibilidad de conciliar la vida familiar y laboral en los primeros años de crianza.
Permiso por ausencia por fuerza mayor familiar de 4 días retribuidos al año
El permiso por ausencia por fuerza mayor familiar es otro de los nuevos derechos laborales establecidos. Este permiso permite a las personas trabajadoras ausentarse del trabajo hasta cuatro días al año por motivos familiares urgentes. Estos días serán retribuidos y podrán distribuirse por horas según las necesidades de cada situación.
Ampliación de la prestación de 100 euros al mes para madres con hijos menores de 3 años
Con el objetivo de apoyar económicamente a las madres con hijos menores de tres años, se ha ampliado la prestación de 100 euros al mes. Esta prestación busca brindar un respaldo económico adicional durante los primeros años de vida de los hijos, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar.
Extensión del subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida
El Real Decreto también incluye la extensión del subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida. De esta manera, se reconoce el derecho de estas familias a recibir una ayuda económica para cubrir los gastos relacionados con la crianza y el cuidado de los hijos.
Ampliación de la pensión de orfandad hasta los 26 años
Se ha ampliado la pensión de orfandad hasta los 26 años, lo que significa que los hijos de personas fallecidas podrán recibir una pensión de orfandad hasta esta edad. Esta medida busca brindar un apoyo económico a los jóvenes que han perdido a uno o ambos progenitores, facilitando su desarrollo y formación.
Ampliación del permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad
En caso de que el menor que requiera cuidado debido a cáncer o enfermedad grave tenga discapacidad, se ha establecido la ampliación del permiso por cuidado hasta los 26 años. Esta medida busca brindar apoyo a las familias que se encuentran en esta situación, permitiéndoles conciliar el cuidado del menor con sus responsabilidades laborales.
Protección de otras familias diversas
El Real Decreto también establece la protección de otras familias diversas, como las familias monomarentales, las familias con ascendiente o descendiente discapacitado y las familias con víctimas de violencia de género, entre otras. Estas medidas buscan garantizar que todas las familias reciban el apoyo y la protección necesarios, sin importar su composición o circunstancias particulares.
Equiparación de derechos entre matrimonios y parejas de hecho en cuanto a permisos por registro
En cuanto a los permisos por registro, se ha establecido la equiparación de derechos entre matrimonios y parejas de hecho. Esto significa que las parejas de hecho tendrán derecho a los 15 días de permiso por registro, al igual que los matrimonios. Esta medida busca garantizar la igualdad de trato y de derechos para todas las parejas, independientemente de su estado civil.
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- Introducción
- Permiso retribuido de 5 días al año para cuidado de convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad
- Permiso parental de 8 semanas hasta que el menor tenga 8 años, no retribuido
- Permiso por ausencia por fuerza mayor familiar de 4 días retribuidos al año
- Ampliación de la prestación de 100 euros al mes para madres con hijos menores de 3 años
- Extensión del subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a adoptantes y familias de acogida
- Ampliación de la pensión de orfandad hasta los 26 años
- Ampliación del permiso por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave hasta los 26 años en caso de discapacidad
- Protección de otras familias diversas
- Equiparación de derechos entre matrimonios y parejas de hecho en cuanto a permisos por registro
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