Los delegados de prevención: elección y derechos
El artículo 35 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales regula los delegados de prevención, quienes son los representantes legales de los trabajadores dentro del comité de empresa o como delegado de personal. Estos delegados tienen funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales, además de las propias como representantes legales de los trabajadores. Su mandato se extiende durante un periodo de cuatro años, en concordancia con el mandato de los representantes legales de los trabajadores.
Funciones propias de un delegado de prevención
Los delegados de prevención tienen diversas funciones que contribuyen a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Algunas de estas funciones son:
- Acompañar a técnicos en evaluaciones preventivas: Los delegados de prevención tienen el derecho y la responsabilidad de acompañar a los técnicos en las evaluaciones de riesgos laborales que se realicen en la empresa.
- Acceso a información y documentación: Tienen el derecho de acceder a la información y documentación relacionada con las condiciones de trabajo, como los informes de evaluación de riesgos, planes de prevención, entre otros.
- Ser informados sobre daños a la salud de los trabajadores: Los delegados de prevención deben ser informados por el empresario sobre cualquier daño a la salud de los trabajadores que se haya producido en la empresa.
- Recibir informaciones del empresario: El empresario tiene la obligación de informar a los delegados de prevención sobre cualquier medida de seguridad y salud que se vaya a implementar en la empresa.
- Realizar visitas de vigilancia y control: Los delegados de prevención tienen el derecho de realizar visitas a los lugares de trabajo para verificar el cumplimiento de las medidas de prevención y control de riesgos.
- Proponer la paralización de actividades en caso de riesgo grave e inminente: Si los delegados de prevención identifican un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, tienen el derecho de proponer la paralización de las actividades hasta que se solucione dicho riesgo.
Elección de los delegados de prevención
Los delegados de prevención son escogidos por y entre los representantes legales de los trabajadores. El número de delegados depende del número de trabajadores en el centro de trabajo, incluyendo tanto a trabajadores fijos como temporales con contrato de duración superior al año.
En centros de trabajo sin representantes de los trabajadores, los trabajadores pueden elegir a un delegado de prevención por mayoría.
Derechos y protección de los delegados de prevención
Los delegados de prevención gozan de protección frente al despido y a la modificación de condiciones laborales. También tienen derecho a recibir formación en materia de prevención de riesgos laborales y tienen el deber de mantener el sigilo profesional respecto a la información a la que tengan acceso.
Las empresas con más de 50 trabajadores deben contar con un comité de seguridad y salud formado por delegados de prevención y representantes legales de la empresa. Además, en el comité también pueden participar delegados sindicales, responsables técnicos de prevención, trabajadores cualificados y técnicos en prevención externos a la empresa.
La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales
La consulta de los trabajadores en decisiones relacionadas con la planificación y organización del trabajo, introducción de nuevas tecnologías, protección de la salud y prevención de riesgos profesionales, medidas de emergencia, información y documentación prevista en la LPRL, formación en materia preventiva y cualquier acción que afecte a la seguridad y salud de los trabajadores es fundamental para garantizar un entorno laboral seguro.
Los delegados de prevención, como representantes de los trabajadores en la empresa, tienen funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. La designación de los delegados de prevención varía según el número de trabajadores en la empresa y se realiza de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo correspondiente.
El Comité de Seguridad y Salud, como órgano paritario y colegiado de participación, es responsable de la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. La composición del Comité de Seguridad y Salud incluye a los delegados de prevención, así como a los representantes legales de la empresa.
Derechos y obligaciones de los delegados de prevención
Los delegados de prevención tienen una serie de derechos y obligaciones que les permiten cumplir con su función de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores. Algunos de estos derechos y obligaciones son:
- Realizar inspecciones en los lugares de trabajo y comunicarse con los trabajadores para vigilar y controlar las condiciones de trabajo.
- Acompañar a los técnicos de prevención y a los inspectores de trabajo en sus visitas a la empresa.
- Recibir información y documentación obligatoria por parte del empresario, como el plan de prevención, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva.
- Ser informados de la incorporación de trabajadores de empresas de trabajo temporal y de la contratación de obras o servicios entre empresas.
- Recibir asesoramiento técnico de los Servicios de Prevención.
- Ser consultados por el empresario en decisiones que afecten significativamente a la salud de los trabajadores, como la organización del trabajo, introducción de nuevas tecnologías, modalidad del servicio de prevención, entre otros.
- Formular propuestas al empresario y al Comité de Seguridad y Salud para la adopción de medidas de prevención y mejora de la seguridad y salud.
- Coordinar actividades preventivas en caso de subcontratas.
- Acudir a la Inspección de Trabajo en caso de considerar insuficientes las medidas adoptadas por el empresario.
- Paralizar trabajos en caso de riesgo grave e inminente, por mayoría de los delegados de prevención.
Además, los delegados de prevención tienen el deber de cumplir con el sigilo profesional respecto a la información a la que tengan acceso.
Su elección se realiza de acuerdo con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el convenio colectivo correspondiente. Tienen funciones específicas en materia de prevención de riesgos y gozan de derechos y protección frente al despido y a la modificación de condiciones laborales. Su participación es fundamental para garantizar un entorno laboral seguro y saludable.
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