La externalización como causa de despido objetivo: análisis y soluciones

La externalización de servicios como causa justificada de despido objetivo

La externalización de servicios puede ser considerada una medida racional en términos de eficacia de la organización productiva. Esta práctica consiste en contratar a terceros para que realicen determinadas tareas o servicios que anteriormente eran llevados a cabo por empleados internos de la empresa. Sin embargo, es importante destacar que la externalización de servicios debe ser una medida para superar dificultades reales y mejorar la posición competitiva de la empresa, y no como una forma de reducir costos sin justificación.

Dificultades objetivables y actualizadas

Para que la externalización de servicios sea una causa justificada de despido objetivo, es necesario que las dificultades que enfrenta la empresa sean objetivables y estén actualizadas. Esto significa que no se pueden alegar dificultades hipotéticas o potenciales, sino que deben ser problemas reales que afecten el buen funcionamiento de la organización.

Asegurar la viabilidad de la empresa

En algunos casos, la externalización de servicios puede ser utilizada como medio para asegurar la viabilidad de la empresa. Por ejemplo, en situaciones en las que un departamento no es rentable o se enfrenta a dificultades económicas, la empresa puede optar por realizar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) extintivo en dicho departamento, con la intención de externalizarlo a un costo inferior.

Causas objetivas para el despido

Las causas económicas y técnicas, organizativas o de producción pueden ser alegadas en el despido objetivo. En el caso de la externalización de servicios, las dificultades que impiden el buen funcionamiento de la empresa deben ser superadas a través de una mejor organización de los recursos. Por ejemplo, la pérdida o disminución de encargos de actividad en empresas de servicios puede ser considerada una causa productiva y organizativa.

Despido por causas objetivas

La externalización de servicios puede llevar al despido por externalización de servicios, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales. La medida de despido debe ser racional para la eficacia organizativa y la viabilidad de la empresa, y no puede basarse únicamente en el ahorro salarial. Es importante que la empresa acredite que existen circunstancias que justifiquen el despido objetivo en una descentralización productiva y que se eviten posibles abusos de derecho en estas acciones empresariales.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, en la cual se declara la improcedencia del despido por externalización de servicios de un trabajador del Hotel Mencey de Santa Cruz de Tenerife. El despido se debió a la externalización del servicio de portería, sin embargo, el convenio provincial de hostelería prohíbe la subcontratación de servicios de recepción, a los cuales pertenece el trabajador despedido.

En esta sentencia, se destaca la importancia de que la contratación o subcontratación con otra empresa sea lícita para que un despido por causas organizativas sea procedente. Además, se condena en costas a la empresa recurrente, lo que demuestra que es necesario cumplir con los requisitos legales y evitar acciones que puedan considerarse abusivas.

Es importante evitar el abuso de esta práctica y asegurarse de que se realice de manera lícita y respetando los derechos de los trabajadores. En este sentido, las soluciones que propone el ordenamiento jurídico para evitar el despido por externalización de servicios injustificado incluyen un escrutinio detallado de las causas alegadas por la empresa y una valoración de las circunstancias que rodean cada caso particular.

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Índice
  1. La externalización de servicios como causa justificada de despido objetivo
    1. Dificultades objetivables y actualizadas
    2. Asegurar la viabilidad de la empresa
  2. Causas objetivas para el despido
    1. Despido por causas objetivas
  3. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias

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