Despido y periodo de prueba en el contrato de apoyo a emprendedores: todo lo que necesitas saber

Despido y periodo de prueba en el contrato de apoyo a emprendedores

El contrato de apoyo a emprendedores es una modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido que se introdujo en la reforma laboral del año 201

Este tipo de contrato está dirigido a empresas con menos de 50 trabajadores y tiene como objetivo fomentar la contratación y el crecimiento empresarial.

Uno de los aspectos más destacados de este contrato es la posibilidad de establecer un periodo de prueba de un año. Durante este periodo, tanto el empleador como el trabajador tienen la facultad de extinguir la relación laboral sin necesidad de preaviso ni indemnización.

Extinción de la relación laboral durante el periodo de prueba

Durante el primer año de vigencia del contrato de apoyo a emprendedores, el trabajador puede decidir extinguir la relación laboral sin estar obligado a indemnizar a la empresa ni a preavisarla. Esta flexibilidad es una característica clave de este tipo de contrato y busca facilitar la adaptación del trabajador al puesto de trabajo.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el periodo de prueba no se puede concertar con un trabajador que haya realizado previamente las mismas funciones para la empresa. De esta manera, se evita que el empleador utilice el periodo de prueba como una forma encubierta de contratación temporal.

Además, en casos de embarazo u otras causas de nulidad del despido, la extinción de la relación laboral durante el periodo de prueba solo puede realizarse si existe una justa causa. Esto protege los derechos de las trabajadoras embarazadas y evita posibles discriminaciones.

Controversias y sentencias relacionadas con el periodo de prueba

A lo largo de los años, algunas sentencias han considerado fraudulenta la extinción de la relación laboral durante el primer año en este tipo de contrato. Estas sentencias argumentan que el empleador utiliza el periodo de prueba de manera abusiva para despedir a los trabajadores sin cumplir con los requisitos legales establecidos.

No obstante, el Tribunal Supremo ha determinado en varias ocasiones que el periodo de prueba de un año en un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores es válido. Incluso si el convenio colectivo establece un plazo inferior, el Tribunal Supremo ha respaldado la validez del periodo de prueba de un año.

En una de estas sentencias, el Tribunal Constitucional respaldó también el periodo de prueba de un año en el contrato de apoyo a emprendedores. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo concluyó que la sentencia de instancia era conforme a derecho y no vulneraba la ley.

Preaviso y extinción del contrato durante el periodo de prueba

Las empresas están obligadas a preavisar con quince días de antelación la extinción de un contrato de apoyo a emprendedores durante el periodo de prueba. En caso de no cumplir con este preaviso, la empresa deberá abonar una indemnización al trabajador.

Un caso relevante relacionado con el preaviso durante el periodo de prueba es el de un trabajador despedido de una Unión Temporal de Empresas (UTE). Este trabajador presentó recurso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, alegando que el contrato de apoyo a emprendedores era de duración determinada y no indefinida.

El Tribunal Supremo estableció que efectivamente el contrato de apoyo a emprendedores es de duración indefinida. Sin embargo, planteó la duda sobre si la ausencia de un periodo razonable de preaviso en la extinción del contrato durante el periodo de prueba es admisible o no.

El Alto Tribunal señaló similitudes entre la extinción del contrato de apoyo a emprendedores y la extinción por causas objetivas. De esta manera, estableció que la extinción del contrato durante el periodo de prueba debe ser preavisada con quince días y su incumplimiento debe ser cubierto con la indemnización correspondiente.

Sin embargo, existen ciertas limitaciones y regulaciones que deben ser respetadas. El Tribunal Supremo ha respaldado la validez del periodo de prueba de un año en este tipo de contrato, incluso si el convenio colectivo establece un plazo inferior. Además, las empresas deben preavisar con quince días de antelación la extinción del contrato durante el periodo de prueba, y en caso de incumplimiento, deberán abonar una indemnización al trabajador.

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Índice
  1. Despido y periodo de prueba en el contrato de apoyo a emprendedores
    1. Extinción de la relación laboral durante el periodo de prueba
    2. Controversias y sentencias relacionadas con el periodo de prueba
    3. Preaviso y extinción del contrato durante el periodo de prueba

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